En virtud de lo establecido en los arts. 23.3 y 4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 47 de R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y con motivo de periodo vacacional de esta Alcaldía, resuelvo:
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